En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por ANA MERCEDES GONZALEZ ARRIECHE venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 7.429.933, contra la empresa INGENIERIA SALVATORE, C.A. Y Así se establece