Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARO CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana ZEMARA COROMOTO BAPTISTA DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.379.182 contra LUNCHERIA WILLY EXPRESS. se condena a la empresa codemandada antes identificada, a pagar a la demandante la cantidad de: UN MILLON CUATROCIENTOS SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS (Bs. 1.406.382,60) por concepto de Prestaciones Sociales y demás indemnizaciones laborales por la terminación de la relación de trabajo por despido injustificado del trabajador indicados en la parte Motiva de la presente decisión.
Asimismo, se condena a pagar a la parte perdidosa, lo que resulte de la experticia complementaria del fallo, la cual se ord.....