Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO por cobro de diferencias de prestaciones sociales interpuesta por el ciudadano DOUGLAS VICENTE LOPEZ ALVAREZ, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V. 6.479.431, de este domicilio. En contra del ciudadano HE HUATIAN en su condición de representante de la empresa COMERCIAL HE 2014.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, en Barquisimeto, En esta misma fecha diez (10) Días del Mes de .....