orrespondientes a los años 2005, 2006, 2007,2008 y 2009 previa indexación de los mismos hasta la presente fecha , dado que con dichos pagos se ha dado cumplimiento a los conceptos pretendidos y condenados a su favor mediante sentencia dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo en fecha 25 de Marzo del 2011, por lo que no queda nada a deberse por los conceptos pretendidos desde la fecha la ingreso como personal fijo de cada uno de los trabajadores, señalada en el texto de la decisión referida hasta la fecha del presente acto.
Asimismo ambas partes manifiestan en el presente acto que con las cantidades de dinero descritas se encuentran satisfechos todos los costos y costas que pudieran haberse generado en el proceso y que nada quedan a deberse por concepto de honorarios profesionales de abogado, indexación, intereses moratorios o cualquier otro concepto adicional relacionados a la presente pretensión por lo cual solicitan el CIERRE y ARCHIVO definitivo del expediente. Es todo.....