Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadano IBRAHIM DARIO ALVAREZ GONZALEZ identificado en autos, en contra la empresa CONSTRUCCIONES MASPICA, C.A
SEGUNDO: Se ordena a la empresa CONSTRUCCIONES MASPICA, C.A que pague al ciudadano IBRAHIM DARIO ALVAREZ GONZALEZ identificado en autos la cantidad de TRES MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 3.445.358,00), O SU EQUIVALENTE EN BOLIVARES FUERTES DE TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO BOLIVARES CON TREINTA Y CINCO CENTIMOS (Bs,F 3.445,35) más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo que realizará un solo perito que designará el Tribunal, y la cual se ordena a los fines de .....