TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada por existir vencimiento total, de conformidad con lo previsto en el Artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada y sellada en Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los cuatro (04) días del mes de Julio del Dos Mil catorce (2014). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
La Jueza,
Abg. Anniely Elías Corona
El Secretario,
Abg. Mauro Deppol
Seguidamente se cumplió con lo ordenado.
El Secretario,
Abg. Mauro Deppol