En fecha veintiún (21) de mayo de 2014, se recibió por ante el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, demanda por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales, incoada por los ciudadanos JOSE SANTANA FUENTES y GUILLERMO ALEXIS SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 14.696.221 y 14.649.948, respectivamente, a través de su apoderado judicial abogado ROBINSON SALCEDO BRICEÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 53.025, contra la empresa RESTOVEN DE VENEZUELA, C.A y KRAFT FOODS VENEZUELA, efectuándose su recepción en fecha veintitrés (23) de Mayo de 2014, a los fines de su revisión conforme a lo previsto en el Artículo 123 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Es el caso que este Tribunal, por auto motivado en fecha veintitrés (23) de Mayo de 2014, se abstiene de admitirlo por cuanto el mismo no cumple con lo exigido en el artículo .....