Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho que han quedado expresados en la presente decisión; el Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, decide:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, intentado por la Sociedad Mercantil MEGA EMPAQUES, C.A., en contra de la Providencia Administrativa Nº 00014, de fecha 15 de Enero de 2.014, dictada en el expediente administrativo signado con el Nº 078-2013-01-01043, por la Inspectoría del Trabajo Sede Pedro Pascual Abarca del Estado Lara, que declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos, intentado por la ciudadana MORELLA ESCALONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.027.105.
SEGUNDO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO y una vez respetado el lapso de apelación se ordena su remisión al archivo judi.....