Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, decide: CON LUGAR la presente acción interpuesta por la ciudadana YOHELI PEREZ, asistido por el abogad JOSE DELGADO, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 75.145, en contra de la Providencia Nº 323 de fecha 30 de marzo de 2012, emanada de la Inspectoría sede JOSE PIO TAMAYO del Estado Lara, expediente 005-2007-01-01911, mediante el cual se declara Con lugar la solicitud de Calificación de falta, incoada por CADENA DE TIENDAS VENEZOLANAS CATIVEN S.A., actualmente REDES DE ABASTO BICENTENARIO contra la ciudadana YOHELI DEL C. PEREZ RIVERO, titular de la cedula de identidad Nº 13.035.661, en consecuencia Nula de Nulidad absoluta la providencia Administrativa Nº 323 de fecha 30 de marzo de 2012, emanada de la Inspectoría sede JO.....