Este Juzgado Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO la transacción celebrada entre los ciudadanos: EUNICE RAMONA MONTENEGRO DE MENDEZ y ALEXIS RAFAEL GONZALEZ CONDE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 2.918.471 y 3.855.573 respectivamente, debidamente asistido por el Abogado PEDRO DURAN NIETO, IPSA Nro. 74.999., y en su carácter de Apoderado Judicial de la demandada L´MANS 97, C.A. y ARCADIO MARTIN BRITO., EVELYN PALACIOS y ANIBAL PALACIOS, IPSA Nros. 63.083 y 119.493, y PATRICIA VARGAS SEQUERA, IPSA No. 64.449, respectivamente, por motivo: cobro de prestaciones sociales.