En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano LUIS FELIPE MENDOZA FREITEZ en contra de la CIMIENTOS BYA, S.A., JOSE RICARDO ESCLUSA MONTERO, LEOPOLDO JAHN MONTAUBAN, RAMON EDUARDO MATHEUS LOPEZ.
SEGUNDO: CON LUGAR; las diferencias del cobro de Prestaciones Sociales; tal y como se indico en el contenido de la parte motiva del presente fallo.-
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada por resultar totalmente perdidosa, de conformidad con el artículo 63 de la Ley Orgánica del Trabajo.-
CUARTO: Se deja constancia que al día siguiente de la publicación de este fallo comenzará a correr el lapso para que las partes ejerzan los recursos de ley.