Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho que han quedado expresados en la presente decisión; el Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, decide:
PRIMERO: Desistida la Acción por Cobro de Prestaciones Sociales intentada por el ciudadano JONNYS JOSE FREITEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 12.592.078, representado por su apoderada judicial abogada MERELBIS MAYARA FREITEZ NUÑEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 81.408, contra la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES BRITAL C.A., antes identificada y representada por sus apoderado judiciales abogados RICHARD RODRIGUEZ, JULISER RODRIGUEZ y JAVIER RODRIGUE, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado con los Nros. 90.324, 64.268 y 116.324, respectivamente......