Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; administrando justicia en sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE: Se mantiene la Medida Cautelar Innominada de suspensión de efectos intentada por la Sociedad Mercantil BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, C.A., en contra del Acto Administrativo de efectos particulares de fecha 17 de enero de 2014 y Acta de Ejecución de fecha 17 de Febrero de 2014, contenidas en el expediente 005-2002-01-00364-365-366, dictada la primera y celebrada la segunda por la Inspectoria del Trabajo Pió Tamayo del Estado Lara.