Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, el Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE: PRIMERO: Se declara que el despido se produjo en forma injustificada; se declara improcedente la reincorporación del trabajador a su puesto de trabajo por la persistencia del empleador en el despido; se condena a la demandada a pagar al trabajador los salarios dejados de percibir durante el procedimiento, esto es, desde la fecha de la admisión de la demanda hasta que quede definitivamente firme esta sentencia. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por el vencimiento parcial de esta decisión.