El 24 de enero de 2011, en la hora fijada y anunciándose conforme a la Ley, compareció la parte actora y se dejó constancia de la incomparecencia de la parte demandada, por lo que se activa la presunción de admisión sobre los hechos de conformidad con el Artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; igualmente se inició la audiencia de juicio; se procedió a evacuar las pruebas y la actora manifestó no hacer ninguna impugnación, por lo que se concluyó la misma, el Juez dictó el dispositivo oral (folios 205 al 207 de la segunda pieza), procediendo a explanarlo en forma escrita, conforme a lo dispuesto en el Articulo 158 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.