Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, el Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE: PRIMERO: Sin lugar la prescripción de la acción alegada por la parte demandada.- SEGUNDO: Parcialmente con lugar la demanda intentada y se condena a la parte demandada a pagar: (1) Bs. 27.375.000,00 por la Indemnización por la Incapacidad Parcial y permanente (Artículo 33, Parágrafo Segundo, ord. 3°, LOPCYMAT); (2) Bs. 45.625.000,00 por la indemnización prevista en el Artículo 33, Parágrafo Tercero; en concordancia con el Artículo 31 de la eiusdem; y (3) Bs. 30.000.000,00 por daño moral. TERCERO: Por el vencimiento parcial no hay condenatoria en costas.