En el presente asunto se verifica que lo pretendido por la demandada respecto del llamado como tercero a la firma mercantil tercero EL CONEJO INVERSIONES, C.A., ya fue objeto de una decisión proferida por el Tribunal Superior del Trabajo, configurándose además los elementos de la cosa juzgada pues, coinciden los sujetos, el objeto y la causa de la pretensión; por lo tanto se declara la cosa juzgada sobre el llamamiento como tercero a la sociedad mercantil EL CONEJO INVERSIONES, C.A. Así se decide.-