Por lo tanto, considera el Juzgador que, si bien puede sostenerse que hubo modificaciones en las condiciones de trabajo, con el referido documento electrónico se demuestra el acuerdo celebrado entre la trabajadora y el empleador, no evidenciándose desmejora arbitraria alguna, que justifique el retiro justificado que afirma la trabajadora demandante. En consecuencia, se tiene que la relación por retiro voluntario de la parte actora, y se declaran sin lugar las indemnizaciones del Artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo. Así decide.