Como se puede apreciar, la situación que se denuncia está vinculada a relaciones jurídicas contractuales, que fueron ventiladas por los órganos jurisdiccionales, a los fines de solicitar el cumplimiento de un contrato arrendaticio suscrito, materia ajena a lo laboral y que, a pesar de que en forma indirecta pueda afectar su derecho al trabajo, en aplicación de la teoría de los derechos preponderantes, la situación denunciada no implica la violación inmediata y directa del ámbito laboral de los reclamantes, pues como ellos afirman, se trata de un problema entre las personas que suscribieron el negocio jurídico; que ya fue resuelto por un Tribunal competente y ratificado por el Juzgado Superior y los querellantes no refieren en su escrito que la actuación sea arbitraria, es decir, fuera de la competencia legalmente prevista, ni la lesión de los principios constitucionales básicos del debido proceso y derecho a la defensa. Así se declara.-
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Por otra parte, se observa de la sentenci.....