Se desprende de los cálculos realizados que el último devengado era de Bs. 799,23; el cual fue base para cuantificar los montos pretendidos.
La parte accionada rechaza en su contestación el salario aplicado para el cálculo de los montos demandados, señalando que el último salario devengado fue de Bs. 750,00, como se desprende de los recibos consignados.
Consta al folio 84 recibos de pago correspondiente al último mes laborado, reconocido por las partes y con pleno valor probatorio, en donde se evidencia que el salario devengado al momento de la finalización de la relación laboral fue de Bs. 750,00; el cual será el utilizado para recuantificar los montos pretendidos. Así establece. Este Juzgado, visto que no consta en autos pruebas que determinen el número de trabajadores ocupados por el empleador, ni haber cumplido con dicho de deber, carga que correspondía el empleador, declara con lugar el pago de dicho beneficio, por el tiempo de prestación efectiva de trabajo; tal y como fue .....