El actor en la audiencia de juicio manifestó que desistía de la acción respecto de la codemandada SEGUROS NUEVO MUNDO, C.A., porque consideró satisfechas sus pretensiones y nada quedaba por reclamar.
En razón de lo expuesto anteriormente, este Juzgador homologa el desistimiento manifestado por la parte demandante, de conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con en articulo 263 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide