Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho que han quedado expresados en la presente decisión, el Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrador justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, decide: PRIMERO: Sin lugar la prescripción opuesta por la parte demandada, en los términos indicados en la parte motiva de este fallo que se dan aquí por reproducidas. SEGUNDO: Parcialmente con lugar la demanda, y se condena a la demandada a pagar los conceptos determinados en la parte motiva que se dan aquí por reproducidos más lo que resulte de la experticia complementaria que se ordenó. TERCERO: No hay condenatoria en costas por el vencimiento parcial.