Este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: EXTINGUIDO el proceso de estabilidad laboral y HOMOLOGADA la transacción celebrada entre el ciudadano ALEXANDER MONTERO MENDEZ, asistido por la abogada CATALINA DE USECHE y los Abogados MERY JOSEFINA MELENDEZ TORIN y HECTOR BRAVO BRAVO, en su condición de apoderados judiciales de la parte actora. Las partes de mutuo acuerdo convinieron en: Se fija como cantidad a pagar por los derechos laborales reclamados, verbi gratia, salarios caídos, indemnizaciones, antigüedad, fideicomiso, vacaciones, utilidades y honorarios profesionales, la cantidad de SEIS MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 6.000.000,oo), pagaderos de la siguiente forma: 1) La cantidad de DOS MILLONES (Bs. 2.000.000,oo), el día 07 de septiembre de 2.004, 2) La cantidad de DOS MILLONES (Bs. 2.000.000,oo), el día 07 de octubre de 2.004, 3) La .....