Este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 05 de mayo de 2005, por el abogado en ejercicio RUBEN DARIO RODRIGUEZ, apoderado judicial de los actores, ciudadanos CARLOS GAMARRA y RAFAEL MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades N° 2.122.894 y 2.917.062, respectivamente y de este domicilio, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 29 de abril de 2005, en consecuencia se declara PRESCRITA LA ACCIÓN, y SIN LUGAR la demanda interpuesta en contra de CANTV.