Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se DECLARO SIN LUGAR el recurso de apelación formulado en fecha 06 de marzo 2006, por la ciudadana Marisela Josefina Torres Colmenárez debidamente asistida por la abogada Maria Uzcategui, contra el auto de fecha 02 de marzo de 2006, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. En consecuencia, se declara INADMISIBLE la solicitud de únicos y universales herederos del ciudadano Luis Maria Torres Hurtado, presentada por las ciudadanas Juana Pastora Colmenárez, Luis Enrique Torres Colmenárez, Sonia Milexa Torres Colmenárez, Elizabeth Del Carmen Torres De Valera, Marisela Josefina Torres Colmenárez.QUEDO MODIFICADO el auto dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito del Estado Lara, en fecha 02 de marzo de 2006. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo.