Se dictó SENTENCIA DEFINITIVA. mediante la cual se declaró CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 13 de marzo de 2006, por el abogado Luis Enrique Liébano, en su carácter de apoderado de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 07 de marzo de 2006, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en la solicitud de divorcio con fundamento a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por el ciudadano ÁNGEL LUIS MILANO, contra la ciudadana JENNY JOSEFINA GUTIÉRREZ DÍAZ. Se declaró FIRME el vinculo matrimonial contraído por ante el Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 02 de junio de 2000. Queda así REVOCADA la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara, en fecha 07 de marzo de 2006. NO hay condenatoria en costas.