Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA mediante la cual se ACEPTO LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA por la materia, planteada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, y DECLARA la competencia de esta alzada para conocer y decidir el recurso de hecho interpuesto en fecha 20 de octubre de 2006, contra el auto dictado en fecha 13 de octubre de 2006, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Carora, en el juicio de simulación de venta, intentado por la empresa AGROPECUARIA CHORRO DE AGUA 3M, S.A., representada por el ciudadano Juan Carlos Morón Melguizo, en su carácter de Director Principal de la misma, contra los ciudadanos PABLO GONZÁLEZ ZAMBRANO, PEDRO MANUEL ÁLVAREZ OROPEZA, AMBROSIO ANTONIO ORPEZA HERRERA.