Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORA CON FUERZA DE DEFINITIVA, mediante la cual se declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 16 de julio de 2010, por el abogado Zalg S. Abi Hassan, en su carácter de representante judicial de la parte querellante, contra la sentencia dictada en fecha 16 de julio de 2010, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Se declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Zalg S. Abi Hassan, en su carácter de representante judicial de la ciudadana Rosa Edelmira Ochoa Pérez, contra el Juzgado Segundo de Municipio Iribarren del Estado Lara. Quedó así CONFIRMADA, la sentencia apelada.