Se dictó sentencia interlocutoria mediante la cual se declaró CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 22 de enero de 2018, por el abogado Harold Contreras, en representación de la parte demandante, contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, y en consecuencia se ORDENA la admisión de la reforma presentada por el actor. Queda así REVOCADO el auto dictado en fecha 18 de enero de 2018 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara.