Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA mediante la cual se declaró NO HA LUGAR A PRONUNCIAMIENTO ALGUNO en relación al recurso de apelación interpuesto en fecha 21 de julio de 2005, por el abogado RAFAEL DAVID MORENO TORREALBA, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra el auto dictado en fecha 20 de julio de 2005, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara, en el juicio por cobro de bolívares, interpuesto por la ciudadana MIDDY CECILIA BARRAEZ FERREBUS, contra la ciudadana AUDELINA RAMIREZ, todos supra identificados. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente recurso.