Se dictó SENTENCIA DEFINITIVA FORMAL, mediante la cual se declaró INADMISIBLE la demanda por rendición de cuentas, interpuesta por el ciudadano LUIS FELIPE RIVERO MENDOZA, contra la Administración de la firma mercantil TASCA, BAR, RESTAURANT EL GRAN KARAOKE, C.A., en la persona de HENRY JOSÉ PARUTA GUAIQUIRIAN, en su condición de Presidente. Quedó así MODIFICADO el fallo apelado, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión. Se ordenó NOTIFICAR a las partes la presente decisión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 251 y 233 del Código de Procedimiento Civil.