Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se ACEPTO LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA por el grado, que fuera formulada por el Dr. Oscar Eduardo Rivero López, en su condición de juez del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Lara, y declara la competencia de esta alzada para conocer y decidir la demanda por desalojo, interpuesta por la abogada Carla Pérez, en su condición de apoderada judicial de la ciudadana Genara Coromoto Díaz Mendoza, contra la ciudadana Mireya Altagracia Jiménez Mendoza.