PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 24 de septiembre del año 2019 por la abogada AIMAIA MIA VALERY KARINA GONZALEZ MARTINEZ, en su condición de apoderada judicial de la parte demandante, ciudadanas DULCE MARIA VELASQUEZ COLMENAREZ y JANETH COROMOTO VELASQUEZ COLMENAREZ, contra la decisión dictada en fecha 14 de agosto del año 2019 por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de simulación intentada por la parte demandante ciudadanas DULCE MARIA VELASQUEZ COLMENAREZ y JANETH COROMOTO VELASQUEZ COLMENAREZ, debidamente asistidas de abogado en contra del ciudadano ISAAC ALEXANDER VELASQUEZ GUEDEZ, todos ampliamente identificados.
TERCERO: IMPROCEDENTE la impugnación de la cuantía, por lo que se declara firme y definitiva la cuantía realizada por la demandante en su escrito libelar de CERO BOLÍVARES (0,00 Bs.).