Se dictó SENTENCIA DEFINITIVA, mediante la cual se DECLARÓ SIN LUGAR el recurso de apelación, interpuesto por el ciudadano Isidro José Condes Borjas, debidamente asistido por el abogado Marco Antonio Aponte, contra la sentencia dictada el 29 de junio de 2005, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Se declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional, incoada por los ciudadanos Isidro José Condes Borjas y Yusmary Eloida Bravo de Condes, contra el ciudadano Raúl Antonio Valera Ramírez. En consecuencia, quedó REVOCADA la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente acción.