Se dictó sentencia definitiva mediante la cual se declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 31 de octubre de 2018, por la parte demandada Franklin Edmundo Aular Montilla, representado por su apoderado judicial, contra la sentencia dictada en fecha 25 de octubre de 2018, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante la cual declaró con lugar la demanda de desalojo y sin lugar la reconvención solicitada por el demandado. CON LUGAR la demanda por desalojo de inmueble constituido en consultorio médico, incoada por la Firma Mercantil Instituto Médico Quirúrgico Acosta Ortiz C.A, contra el ciudadano Franklin Edmundo Aular Montilla, todos debidamente identificados en el encabezamiento del presente fallo. En consecuencia se ordena el desalojo del inmueble ubicado en la carrera 19 entre calles 30 y 31, nivel sótano, consultorio médico identificado como unidad de ozonoterapia, en .....