, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: CON LUGAR, la presente demanda presentada por la ciudadana GUEDEZ PEREZ YULISBERTH COROMOTO, titular de la Cédula de Identidad N° 13.867.346, en contra de la Empresa GUARDIANES AFRICA C.A., Inscrita en el Registro Mercantil Tercero, de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Maracaibo, 17 de agosto de 1993, bajo el N° 29, Tomo 11-A, Tercer Trimestre, cuyo representante es el ciudadano PALOMINO ANGEL y así se decide y se condena a pagar las siguientes cantidades: Al la ciudadana GUEDEZ PEREZ YULISBERTH COROMOTO, , titular de la Cédula de Identidad N° 13.867.346, la cantidad de BOLIVARES UN MILLON CIENTO OCHO MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO BOLIVARES CON SETENTA Y UN CENTIMOS (Bs. 1.108.185,71) por concepto de Prestaciones Sociales, que constituye lo aspirado por la trabajadora según folio 1 frente y vuelto, más la indexación Monetaria, de conformidad con lo es.....