Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara esta actuación TITULO SUPLETORIO bastante para asegurar los derechos en la sucesión del causante BERNABE ARTURO ARISPE QUERO, antes identificado y DECLARA COMO SUS ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos ISABEL TERESA ALVAREZ de ARISPE, VICTOR JOEL ARISPE ALVAREZ, YOMAR ARTURO ARISPE ALVAREZ, YANNINA COROMOTO ARISPE ALVAREZ y YAMIL ARTURO ARISPE ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nros V-2.382.171, V-5.919.719, V-5.919.718, V-9.850.402 y V-5.919.717, respectivamente, quienes como tal concurrirán a la herencia dejada por el de-cujus, dejando a salvo los derechos de terceros, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese y Publíquese.
Expídase copia certificada de todas las actuaciones que conforman la solicitud así como de esta decisión. Devuélvanse los originales a .....