DECISIÓN.
Por todas las razones antes expuestas es por lo que este Tribunal del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la demanda de DESALOJO, intentada por el ciudadano DAVID JOSE ALVAREZ PIRE, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 5.922.590 y de este domicilio, asistido por la abogado LOURDES SANCHEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 4.525.377, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 18.820 y de este domicilio, en contra de la ciudadana GRACIELA ANTONIETA RODRIGUEZ PIÑA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.694.271 y de este domicilio. Se condena a esta última a entregarle al primero totalmente libre de personas y cosas la parte de un inmueble propiedad del demandante, el cual consta de Dos (02) habitaciones, Dos (02) Baños, Cocina, Comedor y Garaje (con capacidad para dos v.....