DECISIÓN.
Por las razones antes expuestas es por lo que este Tribunal del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la demanda de DESALOJO y COBRO DE CANONES INSOLUTOS, intentada por la ciudadana ISABEL MARIA HERNANDEZ DE BRACAMONTE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.626.748 y de este domicilio, en contra de la ciudadana YUSMARY JOSEFINA ESCALONA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.810.717, domiciliada en esta ciudad de Carora, Municipio Torres del Estado Lara. Se condena a esta última a entregar a la primera, libre de personas y cosas, el inmueble ubicada en la calle 07, Casa sin número, del sector Cantaclaro, de esta ciudad de Carora, Municipio Torres del Estado Lara, cuyos linderos son los siguientes: Norte: Con margen que la separa de la calle 07 que es su frente; Sur: Casa de Iris Chirin.....