éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara esta actuación TITULO SUPLETORIO bastante para asegurar los derechos en la sucesión del causante LEOVALDO ANTONIO MARQUEZ GIL, antes identificado y DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos CARMEN MARIA RODRIGUEZ de MARQUEZ, LEOBALDO JOSE MARQUEZ RODRIGUEZ, LAURA ROSA MARQUEZ RODRIGUEZ, LEONARDO ANTONIO MARQUEZ RODRIGUEZ, LENYS MILAGRO MARQUEZ RODRIGUEZ, XIOMARA DEL CARMEN MARQUEZ RODRIGUEZ, LUIS JAVIER MARQUEZ RODRIGUEZ y YORBELYS JOSEFINA MARQUEZ de MORILLO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 2.378.334, 5.920.458; 5.925.070; 5.938.861; 9.634.199; 5.930.362; 10.762.096 y 10.762.097, respectivamente, quienes como tal concurrirán a la herencia dejada por el de-cujus, dejando a salvo los derechos de terceros, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese y Pub.....