DISPOSITIVA.-
En Consecuencia y con mérito a las anteriores consideraciones, este Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo previsto en el artículos 1.155, 1.159, 1.160, 1.161, 1.363, 1.474, 1.479, 1.486, 1.487, 1.491 y 1.527 del Código Civil, articulo 507 del Código de Procedimiento Civil, y los artículos 2, 26 y 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, declara la sentencia: CON LUGAR, la demanda de: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoada por el ciudadano: CARLOS ALEJANDRO CORRALES BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.797.140, agricultor, domiciliado en esta población de Sanare, debidamente asistido por su apoderado judicial: Abogado en ejercicio: ENRIQUE COLS LOPEZ, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 1.985, y la Abogada en ejercicio, YOLIMAR MENDOZA, inscrito en el I......