DECISION
En virtud de las anteriores consideraciones, este JUZGADO DEL MUNICIPIO JIMENEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo previsto en el artículo 520 de la Ley Orgánica de Protección al Niño y al Adolescente DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la Solicitud de Pensión Alimentaria intentada por la ciudadana SOLICITANTE, ROSAURA VEGAS AGÜERO, venezolana, mayor de edad, domiciliada en la Urbanización El Estadium, calle 4, casa Nº 74-86, de esta ciudad de Quibor, Quíbor, Municipio Jiménez Estado Lara, y titular de la Cédula de Identidad N° 12.370.353. en contra del OBLIGADO: HERMES GREGORIO MORILLO LOPEZ, Venezolano, mayor de edad, domiciliado en la Urbanización Florencio Jiménez , calle 6, casa Nº 10 Quibor, Municipio Jiménez del Estado Lara y titular de la Cédula de Identidad 7.987.937. BENEFICIARIO: XXXXXXXXXXXXXXXXXX.
En consecuencia este Tribunal .....