DECISION
En mérito a las anteriores consideraciones este Juzgado del Municipio Crespo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y a tenor de lo previsto en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, declara: CON LUGAR la demanda por Pensión Alimentaria intentada por la ciudadana GREGORIA JOSEFINA ALVAREZ, en contra del ciudadano JOSÉ DARÍO TORRELLAS, en beneficio de la adolescente YENIFER DARIANNA y el niño OBIET DE JESÚS, ampliamente identificados en autos, por tanto se fija por concepto de pensión de alimentos un descuento del Treinta por ciento (30%) de lo devengado por el obligado alimentista ante la Fuerza Armada Policial del Estado Lara, los cuales deberán ser cancelados en cuotas quincenales y ser depositados en la cuenta de ahorros cuya apertura será ordenada por este Tribunal en el Banco Provincial Sucursal Duaca.
Se fija el descuento.....