DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente señaladas este Tribunal administrando justicia y en nombre de la República y por la autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda y se condena al demandado a desalojar el Inmueble constituido por el apartamento N° 4, segundo piso, Edificio San José, Carrera 21 entre Calles 22 y 23 de esta Ciudad de Barquisimeto, libre de personas y objetos, y así se decide. Igualmente se condena a la demandada a pagar las costas del presente juicio por haber sido totalmente vencida de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-------------------