DECISIÓN:
Por las razones antes expuestas, este Tribunal, Administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la demanda por: DESALOJO, intentado por la ciudadana: BELKIS ESTRELLA HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.251.710, asistida por el Abogado en ejercicio RICARDO DÍAZ MOYANO, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 114.330, en contra del ciudadano: JUAN ADOLFO DÍAZ BRITO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 16.279.775.- En consecuencia se condena a la parte demandada antes identificada, a entregar a la parte actora el inmueble constituido por un Apartamento, ubicado en el Bloque 5, entrada A, N° A-8, Segundo Piso, Urbanización Patarata, de esta ciudad de Barquisimeto, Municipio Iribarren del Estado Lara. SEGUNDO: Se condena al pago de los cánones de arrendamiento dejados de percibir, correspondiente a los periodos del 15 de Noviembr.....