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Decisiones del dia 19/09/2012

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo del Municipio Iribarren
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : KP02-V-2011-562 N° Sentencia : 1392 Fecha: 19/09/2012
Procedimiento:
Resolución De Venta Con Reserva De Dominio
Partes:
PARTE ACTORA: CIUDADANOS JUAN CUESTA CUESTA Y JOSE ERNESTO RIERA GARCIA, ABOGADOS EN EJERCICIOS, INSCRITOS EN EL INPREABOGADO BAJO LOS Nº 2.287 Y 90.132, RESPECTIVAMENTE, Y DE ESTE DOMICILIO, ACTUANDO CON EL CARÁCTER DE APODERADOS JUDICIALES DE MERCANTIL, C.A., BANCO UNIVERSAL, DOMICILIADA EN LA CIUDAD DE CARACAS ORIGINALMENTE INSCRITA EN EL REGISTRO DE COMERCIO QUE LLEVABA EL ANTIGUO JUZGADO DE COMERCIO DEL DISTRITO FEDERAL, EL 3 DE ABRIL DE 1925, BAJO EL N° 123, CUYOS ACTUALES ESTATUTOS MOD
Resumen:
V DISPOSITIVA Por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos y debidamente analizados, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, con sede en el Edificio Nacional, de la Ciudad de Barquisimeto, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26, 49 ordinal 1ero y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 12, 15, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda interpuesta por los Abogados JUAN CUESTA CUESTA y JOSE ERNESTO RIERA GARCIA, abogados en ejercicios, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 2.287 y 90.132, y de este domicilio, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales del MERCANTIL, C.A., BANCO UNIVERSAL, domiciliada en la ciudad de Caracas originalmente inscrita en el Registro de Comercio que llevaba el antiguo Juzgado de Comerc.....
Juez/Ponente:
Delia Josefina Gonzalez
Organo:
Juzgado Segundo del Municipio Iribarren
arriba

N° Expediente : KP02-M-2011-543 N° Sentencia : 1373 Fecha: 19/09/2012
Procedimiento:
Cobro De Bolívares
Partes:
DEMANDANTE: CARLOS SAKR SAER.- DEMANDADO: ALONSO JOSE MORENO NAJUL.- MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMATORIA) SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE PERENCION
Resumen:
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Juzgado de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 267, Numeral 1°, en concordancia con lo establecido en el Artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, con la consecuencia establecida en el Artículo 271 eiusdem, es decir, que no podrá darse de nuevo la demanda antes de que transcurran Noventa (90) días continuos después de verificada la perención. Désele salida. La presente Sentencia queda definitivamente firme.- Publíquese y regístrese. Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines previstos en los ordinales 3º y 9º del artículo 72 de l.....
Juez/Ponente:
Delia Josefina Gonzalez
Organo:
Juzgado Segundo del Municipio Iribarren
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N° Expediente : KP02-M-2011-659 N° Sentencia : 1374 Fecha: 19/09/2012
Procedimiento:
Cobro De Bolivares Intimacion
Partes:
DEMANDANTE: COMERCIALIZADORA INTIMIDADES.- DEMANDADO: EDID ELEIDA MARIQUE OROZCO - MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMATORIA) SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE PERENCION
Resumen:
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Juzgado de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 267, Numeral 1°, en concordancia con lo establecido en el Artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, con la consecuencia establecida en el Artículo 271 eiusdem, es decir, que no podrá darse de nuevo la demanda antes de que transcurran Noventa (90) días continuos después de verificada la perención. Désele salida. La presente Sentencia queda definitivamente firme.- Publíquese y regístrese. Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines previstos en los ordinales 3º y 9º del artículo 72 de l.....
Juez/Ponente:
Delia Josefina Gonzalez
Organo:
Juzgado Segundo del Municipio Iribarren
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