Por libelo de demanda presentado en fecha 23-03-2004, los Abogados. ENRIQUE GOMEZ MELENDEZ Y MARIA CELINA GOMEZ MELENDEZ, de este domicilio, inscritos en el IPSA bajo los Nros. 19.877 y 32.082, respectivamente, procediendo con el carácter de Apoderados Judiciales de CASA PROPIA, ENTIDAD DE AHORRO Y PRESTAMO, C.A., de este domicilio, con fundamento en los artículos 1160 y 1264 del Código Civil, en concordancia con el artículo 661 del Código de Procedimiento Civil, demandó por EJECUCION DE HIPOTECA, a la ciudadana: NAHIROBIS LORENA RAMOS LOYO, mayor de edad, venezolana, soltera, domiciliada en la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy y titular de la Cédula de Identidad Nro. 7.395.510.- La demanda fue admitida en fecha 29-03-04.- En fecha: 01-07-04, la parte actora diligenció.- En fecha: 19-07-04, se recibió Oficio Nro. 7720-22, procedente del Registro Subalterno de los Municipios San Felipe Independencia, Cocorote y Veroes del Estado Yaracuy, donde se estampó la n.....