DISPOSITIVA:
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR, la CUESTIÓN PREVIA promovida por la parte demandada, de conformidad con el artículo 346 ordinal 7º del Código de Procedimiento Civil.- SEGUNDO: SIN LUGAR, la IMPUGNACIÓN y el DESCONOCIMIENTO efectuado por la parte demandada en contra de los documentales marcados “B” y “C” producido por la parte actora. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, intentada por el ciudadano: GERMAN MELÉNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.861.290, y de este domicilio, representado por los abogados: PABLO SEGUNDO RODRÍGUEZ OLLARVES, y PABLO III RODRÍGUEZ, inscritos en el INPREABOGADO bajo los N° 17.764 y 104.217, en contra de la ciudadana: IVONNE SONSIRE PARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de.....