DISPOSITIVAPor los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos y debidamente analizados, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, con sede en el Edificio Nacional, de la Ciudad de Barquisimeto, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26, 49 ordinal 1ero y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 12, 15, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda por motivo de DESALOJO DE INMUEBLE, incoada por el ciudadano JORGE ENRIQUE RODRGIUEZ ARRIECHE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.432.518, de este domicilio, Inscrito en el I.P.S.A Nº 113.809, actuando en nombre y representación del ciudadano JUAN DE LA CRUZ MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 1.248.410, de este domicilio, tal como se desp.....