Por las razones antes expuestas, este Tribunal, Administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda por: RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentada por la ciudadana: EMILIA ELVIRA FUOCO DE ANTONIELLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.435.069, y de este domicilio, en contra de la ciudadana: NORKA SUAREZ RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.068.641, abogado en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 23.764, y de este domicilio, actuando en su propio nombre y representación. SEGUNDO: CON LUGAR, la Cuestión Previa opuesta por la parte demandada, de conformidad con el ordinal 6° del artículo 346 de defecto de forma por no haber llenado los requisitos que indica el artículo 340 ordinales 5° y 6° del Código de Procedimiento Civil.- TERCERO: SIN LUGAR la Cuestión Previa opuesta por la parte demandada, de conform.....